TITULO VIII Liquidación del Impuesto Pago en sede única ARTICULO 57º: Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que realicen operaciones sujetas a las disposiciones del Convenio Multilateral del 18.8.77, efectuarán sus liquidaciones y pagos eligiendo una sede de pago que será el domicilio legal, la de la administración principal o la de […]