Res. C.A. N° 01/08 ANEXO TITULO VIII

  TITULO VIII Liquidación del impuesto Pago en sede única ARTICULO 62º: Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que realicen operaciones sujetas a las disposiciones del Convenio Multilateral del 18.8.77, efectuarán sus liquidaciones y pagos eligiendo una sede de pago que será el domicilio legal, la de la administración principal o la de […]

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