Suspender la aplicación de la Resolución General N° 7/16, hasta tanto la Comisión Plenaria resuelva “con carácter definitivo” -artículo 17 inc. e) del Convenio- los recursos de apelación contra la Resolución General Nº 7/16.
Suspender la aplicación de la Resolución General N° 7/16, hasta tanto la Comisión Plenaria resuelva “con carácter definitivo” -artículo 17 inc. e) del Convenio- los recursos de apelación contra la Resolución General Nº 7/16.