Res Gral Nº 021/08

Res Gral Nº 021/08 Posadas, 14 de mayo de 2008   POR ELLO: EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE:   ARTICULO 1º: EXCLUYESE totalmente del régimen de retención establecido por la Res Gral Nº 035/02* DGR por el término de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos contados a partir de la vigencia de la […]

Para ver la Resolucion completa debe estar logueado como miembro

es_ARSpanish