ARCA oficializa el formulario F. 2711 para el Régimen Simplificado de Ganancias.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución General 5836/2026, fijó el procedimiento de determinación e ingreso del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas que adhieran al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

Si venís siguiendo las novedades del nuevo régimen simplificado, esta resolución te interesa porque crea un formulario específico y define cómo operar en el sistema.

¿Qué cambia con el Régimen Simplificado?

Hasta ahora, la RG 5.692 regulaba únicamente el régimen general de determinación anual de Ganancias, con el clásico formulario F. 711.

Con la nueva resolución, ARCA separa ambos universos dentro del sistema “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado”:

Régimen Formulario Opción en el sistema
General F. 711 “Declaración Jurada”
Simplificado (nuevo) F. 2711 “Declaración Jurada Simplificada”

Principal novedad: el formulario F. 2711

Para los responsables adheridos al Régimen Simplificado, ARCA pondrá a disposición información precargada (de sus propias bases y de terceros), y el contribuyente podrá:

  • Ajustar
  • Modificar
  • Incorporar
  • Eliminar datos

Antes de presentar, el contribuyente deberá confirmar la declaración jurada resultante.

En la práctica, esto implica menos carga manual para quienes cumplan las condiciones del régimen simplificado (ingresos bajos, pocas fuentes, etc.).

¿Quiénes deben usar cada formulario?

El artículo 3° modificado aclara las situaciones que obligan a presentar declaración jurada:

Para el régimen general (F. 711):

  • El contribuyente está inscripto (aunque no determine ganancia neta sujeta a impuesto).
  • Corresponde liquidar el impuesto porque se dan los presupuestos de gravabilidad.

Para el régimen simplificado (F. 2711):

  • Se requiere adhesión previa o ratificación anual dentro de los plazos de la RG 5.820 (arts. 2° y 3°).
  • Si el contribuyente desiste o es excluido del simplificado, debe volver al régimen general.

⚠️ Importante: las declaraciones juradas rectificativas se presentarán por el régimen que corresponda (general o simplificado), según el caso.

Disposición transitoria para el período fiscal 2025

El artículo 2° de la nueva resolución establece que estas disposiciones ya aplican para los contribuyentes que convaliden la adhesión al Régimen Simplificado por el período fiscal 2025, en los términos del artículo 9° de la RG 5.820.

Esto significa que si ya estás dentro del simplificado o pensás convalidar para 2025, deberás usar el nuevo F. 2711 cuando presentes tu declaración jurada de Ganancias de ese ejercicio.

¿Cómo se accede?

Ambos formularios se confeccionan a través del servicio “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado” disponible en el sitio web de ARCA (https://www.arca.gob.ar).

Requisito técnico: Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 o superior.

Para más detalles sobre el funcionamiento del F. 2711, ARCA remite al micrositio:
👉 https://www.arca.gob.ar/gananciasybienes/

En resumen: lo que tenés que saber

Concepto Detalle
Norma RG 5836/2026 (ARCA) – vigente desde 20/04/2026
Modifica RG 5.692 y su complementaria
Crea Formulario F. 2711 para Régimen Simplificado de Ganancias
Aplica a Personas humanas y sucesiones indivisas
Condición Deben haber adherido o ratificado permanencia en el simplificado (RG 5.820)
Vigencia para 2025 Sí, por disposición transitoria (art. 2°)
Acceso Portal Ganancias Personas Humanas, con Clave Fiscal nivel 2
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