Res Gral N° 037/03

Res Gral N° 037/03 Posadas, 20 de Agosto de 2003   POR ELLO: EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE:   ARTICULO 1º: EXCLUYESE totalmente del régimen de retención establecido por la Res Gral N° 035/02 DGR, por el término de 30 (treinta) días corridos contados a partir de la vigencia de la presente Resolución General […]

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