Res Gral N° 037/03 Posadas, 20 de Agosto de 2003 POR ELLO: EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE: ARTICULO 1º: EXCLUYESE totalmente del régimen de retención establecido por la Res Gral N° 035/02 DGR, por el término de 30 (treinta) días corridos contados a partir de la vigencia de la presente Resolución General […]