No son pocas las empresas con dificultades financieras de pagar una obra social, en particular para restablecer la prestación del servicio a los empleados de la empresa. Desde el Blog Contadores en Red armaron esta guía sobre los pasos a seguir para realizar el pago parcial del F.931 imputando correctamente el importe correspondiente a cada código de obra social.
ARCA: cómo generar el VEP para una obra social en particular
1. Acceder a ARCA con CUIT y Clave Fiscal e ingresar al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”
2. Completar los campos iniciales
- CUIT/CUIL: del empleador.
- Organismo Recaudador: ARCA.
- Grupo de tipo de pago: Obras Sociales.
- Tipo de Pago: Obras Sociales – Desde Julio 1994.
- Clic en Siguiente.
3. Seleccionar Impuesto, Concepto y Subconcepto
- Impuesto: APORTES OBRAS SOCIALES (302).
- Concepto: OBLIGACIÓN MENSUAL/ANUAL (19).
- Subconcepto: OBLIGACIÓN MENSUAL/ANUAL (19).
- Clic en Siguiente.
4. Completar los datos del periodo y del aporte
- Mes y año: Ej. 06/2025.
- Código de Obra Social: Ej. 900300 ASOCIACION MUTUAL RURALISTA (debe indicarse la obra social particular).
- Importe: Ingresar el monto exacto a pagar por esa OS (ver advertencias abajo).
- Clic en Siguiente y generar el VEP.
Puntos clave para que el VEP sea imputado correctamente
1. Verificar los códigos de obra social declarados
Antes de generar el VEP, revisá desde el informe por obra social en Declaración en Línea que los códigos de OS informados sean los actuales. Porque puede exisitr alguna opción de obra social que no figue en este registro, parcialmente.
2. Posteriormente, será necesario generar otros VEPs para ese período si hay varias OS
Si se aporta a más de una obra social en el F.931, será necesario:
- Generar un VEP por cada código de obra social.
- Asignar a cada uno el importe correspondiente, neto de retenciones (ver punto 3).
3. Calcular correctamente la porción imputable
A la suma a pagar a cada código de OS deberá detraérsele la parte que fue retenida por un agente de retención. Según la RG 1784/2004 Art. 20, el empleador puede computar las retenciones sufridas como pago a cuenta de las contribuciones patronales. Las contribuciones a cargo de los empleadores con destino a los siguientes subsistemas de la seguridad social son:
a) Régimen Nacional de Jubilaciones y Pensiones, Ley Nº 24.241 y sus modificaciones.
b) Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley Nº 19.032 y sus modificaciones.
c) Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661 y sus modificaciones.
d) Fondo Nacional de Empleo, Ley Nº 24.013 y sus modificaciones.
e) Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660 y sus modificaciones.
f) Régimen Nacional de Asignaciones Familiares, Ley Nº 24.714 y sus modificaciones.
Checklist antes de generar el VEP
- Verificar que los códigos de Obra Social en F931 estén actualizados
- Calcular monto neto (sin retenciones) por cada Obra Social
- Generar VEP individual por cada código de Obra Social
FUENTE: IPROFESIONAL