La Comisión Arbitral aprobó el uso del sistema SIRCIP, una plataforma que permite unificar y coordinar los regímenes de percepción del impuesto sobre los Ingresos Brutos entre todas las jurisdicciones del país.

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral dio un paso más hacia la simplificación y digitalización del sistema tributario con la aprobación del nuevo Sistema Informático de Recaudación, Control e Información de Percepciones (SIRCIP). La medida fue formalizada mediante la Resolución General 9/2025, publicada el 14 de abril en el Boletín Oficial.

Este nuevo sistema —disponible en www.sircip.comarb.gob.ar— busca unificar la gestión de los regímenes de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que aplican las distintas jurisdicciones a los contribuyentes bajo el régimen del Convenio Multilateral.

¿Para qué servirá el SIRCIP?

🔹 Permitirá a los agentes de percepción designados por las provincias presentar declaraciones juradas y realizar pagos.
🔹 Brindará a las jurisdicciones adheridas herramientas para administrar el padrón de sujetos alcanzados, establecer alícuotas y consultar lo percibido.
🔹 Ofrecerá a los contribuyentes consultas sobre importes percibidos, así como reclamos y presentación de descargos ante el Comité de Administración SURA.

Además, contempla procedimientos para el cálculo automático de intereses resarcitorios, multas, recargos y fiscalización, que están detallados en los Anexos I y II de la norma.

¿Quién lo gestionará?

La COMARB será responsable de la administración del sistema, y las jurisdicciones provinciales mantendrán el control sobre sus propios padrones y regímenes locales. La implementación efectiva dependerá de cada jurisdicción, pero ya cuenta con el consenso de las 24 provincias y CABA.

¿A quiénes afecta?

🔸 A todos los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos alcanzados por el Convenio Multilateral.
🔸 A agentes de percepción designados por cada jurisdicción.
🔸 A empresas que vendan bienes, presten servicios o realicen locaciones a nivel interjurisdiccional.

Dato clave: El sistema podrá incorporar también a contribuyentes del régimen local, si las jurisdicciones así lo deciden y remiten el padrón correspondiente.

🧾 Pasos para contribuyentes alcanzados

  1. Detalle de percepciones
    Cada percepción será informada al contribuyente en la factura o documento equivalente.
  2. Aplicación de percepciones
    Se agrupan por mes calendario y se deducen en los anticipos según normativa local y los coeficientes de distribución del Convenio Multilateral.
  3. Consulta de coeficientes
    Se accede a través del sitio web www.sircip.comarb.gob.ar con CUIT, pudiendo cambiar mensualmente.
  4. Reclamos
    Se realizan a través de la mesa de ayuda del sistema SURA, acompañando documentación respaldatoria.
  5. Consultas técnicas
    Se canalizan vía mail disponible en el sitio web.

🧾 Pasos para agentes de percepción

  1. Acceso al sistema
    Se ingresa con clave fiscal de ARCA (o la que se defina) al sistema SIRCIP.
  2. Padrón mensual de contribuyentes alcanzados
    Disponible el día 22 de cada mes (o hábil siguiente), según información remitida por las jurisdicciones.
  3. Declaraciones juradas mensuales
    Obligación de presentar DDJJ por las percepciones realizadas, de acuerdo al calendario de vencimientos. Se pueden presentar rectificativas.
  4. Percepciones erróneas o devoluciones
    Si se necesita anular, corregir o bonificar percepciones después del vencimiento de la DDJJ, debe hacerse mediante intervención de las jurisdicciones respectivas.

Vigencia

La fecha de entrada en vigencia será definida por la presidencia de la COMARB en los próximos días.


fuente: ignacioonline
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