Este lunes 30/06 vence el plazo para la presentación de la declaración jurada informativa de Bienes Personales. Solo deben presentarla quienes tengan ingresos superiores a $ 150.000.000, y siempre que esta declaración no arroje impuesto a pagar.
Es decir, que solo deben presentar esta declaración jurada informativa quienes tengan ingresos superiores a $150.000.000 y, al mismo tiempo, el patrimonio de bienes no exceda el mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales ($ 292.994.964,89), indica Noelia Girardi, del estudio Lisicki, Litvin & Abelovich.
Quienes adhirieron al Régimen Especial de Ingreso sobre los Bienes Personales (REIBP) están dispensados de presentar esta declaración jurada informativa para los períodos fiscales 2024 a 2027, inclusive.
La declaración informando el patrimonio al 31 de diciembre de 2024 -cuya presentación vence este lunes- es para quienes hayan obtenido en 2024 ganancias (gravadas o exentas o no alcanzadas) por más de $150.000.000 y no hayan adherido al REIBP. Conservará ese carácter de “Informativa” si no da saldo a favor de ARCA y si no están inscriptos en Bienes Personales, resume Roberto Murmis, del estudio Lisicki, Litvin & Abelovich.
Qué es la declaración jurada de Bienes Personales
La declaración jurada informativa del Impuesto sobre los Bienes Personales es una obligación formal que deben cumplir ciertas personas, cuando no tienen que pagar el impuesto. A diferencia de la declaración jurada “determinativa” (que calcula y genera un monto a pagar), la informativa no genera un impuesto a pagar ni requiere la inscripción en el tributo.
Deben presentar esta declaración jurada aquellos contribuyentes que en el período fiscal 2024 hayan obtenido ingresos brutos anuales iguales o superiores a $150.000.000 por las siguientes actividades:
- Desempeño de cargos públicos (nacionales, provinciales, municipales y de CABA).
- Magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público.
- Trabajo en relación de dependencia.
- Jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie que tengan su origen en el trabajo personal y hayan estado sujetos al pago del impuesto.
- Servicios personales prestados por socios de sociedades cooperativas de trabajo.
- Planes de seguros de retiro privados que se perciban bajo la modalidad de renta vitalicia previsional.
- Actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.
- Ingresos exentos, no alcanzados o no computables en el Impuesto a las Ganancias.
Qué datos deben informarse
Se debe informar el listado de bienes que componen el patrimonio al 31 de diciembre de 2024, detallando los conceptos que se solicitan para cada caso. Esto incluye:
- Inmuebles
- Muebles registrables (autos, etc.)
- Depósitos bancarios
- Inversiones
- Dinero en efectivo
- Títulos, acciones, participación en sociedades
- Deudas y acreencias
Cómo se presenta la declaración informativa
La presentación se realiza a través del servicio “Bienes Personales Web” de ARCA. Se utiliza el Formulario F. 711 para la declaración determinativa, pero para la informativa se informa el detalle de los bienes al 31 de diciembre de 2024.
A partir del período fiscal 2023, se eliminó la obligación de presentar la declaración jurada informativa del Impuesto a las Ganancias.
El plazo para la presentación de la Declaración Jurada Informativa del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2024 vence el lunes 30 de junio de 2025.
La Declaración Jurada Informativa de Bienes Personales es la obligación de informar los bienes que constituyen el patrimonio para personas con altos ingresos, que no deben pagar el Impuesto sobre los Bienes Personales, y vence este lunes 30 de junio.