Dict. DGR N° 1373/01 Ref.: Juz.Civil Nº 06 Of.S/Nº Ex.874/01.P.A. S/ INC. NULIDAD. Sra. Subdirectora de Jurídica y Técnica: El Código Fiscal Provincial, en su Artículo 153º, último párrafo dispone: «Salvo los casos que expresamente se prevean en la ley, o su reglamentación, la anulación de los actos o la no utilización total o parcial […]