Dict. DGR N° 645/00 Ref. : Nota 162/99 Señor Subdirector de Jurídica y Técnica: De acuerdo a lo establecido en el Art. 187º del Código Fiscal Provincial, se encuentran exentos del Impuesto: 1. Inc. "c`" "… Los actos, contratos e instrumentos celebrados por las entidades comprendidas en la Ley Nº 21.526, siempre que dichas […]