LEY XXII – N° 27 (Antes Ley 3349) ARTICULO 1º: CREASE el Fondo Especial del Registro Provincial de las Personas en el ámbito del Ministerio de Gobierno, como así la cuenta especial del mismo nombre. La misma deberá abrirse en la Banca que opere como oficial de la Provincia. ARTICULO 2º: El […]